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ADIÓS AL IMPUESTO DE LA PLUSVALÍA

En ACCUO Abogados, os informamos que recientemente el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre el cálculo del famoso Impuesto de la Plusvalía que llevaban practicando a cabo los ayuntamientos, y éste ha declarado que su cálculo es totalmente ilegal, es decir el impuesto ha desaparecido, y ya no existe como tal. 


Parte del fallo de la Sentencia, ha sido publicado mediante una nota de prensa y dice:
“ (…) declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los términos previstos en el fundamento jurídico 6».


Sabemos que muchos de vosotros os estaréis preguntado, si existe o no la posibilidad de recuperar el importe pagado con anterioridad, pues de momento no disponemos del contenido íntegro de la sentencia, por lo que habrá que esperar a su publicación, pero todo apunta que su retroactividad sólo será para aquellas liquidaciones no firmes y para las autoliquidaciones pagadas en el plazo de 4 años, pero repetimos, por ahora no se puede concretar en qué términos serán nulos los artículos en los que se especifican las reglas para el cálculo del impuesto.


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